martes, 27 de julio de 2010

Ahorra para tu Retiro y Gana


A nadie nos gusta pagar impuestos, pero es una obligación que debemos cumplir. Ahora, si por ello obtenemos una ganancia, resulta atractivo hacer nuestra declaración; y si el beneficio es doble, mucho mejor ¿no crees?
Este beneficio lo obtenemos si invertimos en un Plan Personal de Retiro (PPR), los cuales tienen una doble ventaja. Por un lado, te permiten deducir hasta10% del tu ingreso total acumulable en el ejercicio, de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

Esto siempre y cuando dicha cantidad no exceda el equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica que corresponda anual; es decir, 104,864 pesos en el Distrito Federal, de acuerdo con el Artículo 176 de la LISR.
La LISR establece que las personas físicas contribuyentes tienen derecho a diversas deducciones para el cálculo del impuesto anual.

El director general de Allianz-Fondika explica que si tienes un ingreso anual de 900,000 pesos, y no tienes deducciones, el impuesto que debes pagar es de 252,000 pesos, pero si inviertes 247,000 pesos en tu PPR, el impuesto que debes pagar se reduce a 182,840 pesos. Una diferencia de 69,160 pesos.

A partir de los 65 años puedes retirar parcial o totalmente el monto invertido, junto con el rendimiento y el dinero que será entregado libre de retenciones.
Si retiras los recursos antes de cumplir con la permanencia obligatoria, las aportaciones realizadas, así como los intereses reales actualizados, se considerarán ingresos acumulables en los términos de la LISR y estarán sujetos a una retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 20%, tasa que es benigna dado que la normalmente es de 30%.

No hay comentarios: